Monday, June 22, 2009

Bisiestos, no bisiestos, seculares y divisibles entre 400

El calendario gregoriano atrasa cerca de 1/2 minuto cada año (aprox. 26 s c/año), lo que significa que se requiere el ajuste de un día cada 3300 años. Esta diferencia procede de hecho de que la traslación de la Tierra alrededor del Sol no coincide con una cantidad exacta de días de rotación de la Tierra alrededor de su eje. Cuando el centro de la Tierra ha recorrido una vuelta completa en torno al Sol y ha regresado a la misma «posición relativa» en que se encontraba el año anterior, se han completado 365 días y un poco menos de un cuarto de día (0,242189074 para ser más exactos). Para hacer coincidir el año con un número entero de días se requieren ajustes periódicos cada cierta cantidad de años. De la regla general del bisiesto cada cuatro años, se exceptuaban los años múltiplos de 100, excepción que a su vez tenía otra excepción, la de los años múltiplos de 400, que sí eran bisiestos. La nueva norma de los años bisiestos se formuló del siguiente modo: la duración básica del año es de 365 días; pero serán bisiestos (es decir tendrán 366 días) aquellos años cuyas dos últimas cifras son divisibles por 4, exceptuando los múltiplos de 100 (100, 200..., 800..., 1800, 1900, 2000...), de los que se exceptúan a su vez aquellos que sean divisibles por 400 (1600, 2000, 2400...). El calendario gregoriano ajusta a 365,2425 días la duración del año, lo que deja una diferencia de 0,000300926 días o 26 segundos al año de error.

http://es.wikipedia.org/wiki/Calendario_gregoriano

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